Crisis y ruptura del orden constitucional en Honduras

Por Juan Ramón Martínez, académico hondureño

Congreso Nacional de Honduras.

La crisis del Congreso Nacional de Honduras viene de lejos. Por lo menos desde 1980 para acá. Confirmando lo que dicen los teóricos liberales, que el “desmoronamiento de las democracias empieza desde adentro”, teniendo como punto crítico el Congreso. La generación de Suazo Córdova, Gómez Cisneros, Bu Girón, tenía entre sus miembros a líderes que aparentaban ser liberales, pero no lo eran. Rodas Alvarado, dicen algunos colegas, es el autor de la frase “cachurecos con corbata roja”, para calificar a los Reina -Carlos Roberto y Jorge Arturo y sus seguidores de la “izquierda democrática”-, cuya base estaba en SPS.

Ante la “parálisis legislativa”, ininterrumpida en diciembre y enero, hay que observar cómo demócratas liberales y autoritarios “socialistas” reaccionan frente al desacuerdo que puede derivar en una crisis general. Y que, interrumpido el orden constitucional, consideren que ha llegado la hora de defender la democracia o iniciar un nuevo rumbo. Gerardo Aceituno, distinguido colega, nos ha enviado un análisis jurídico sobre la situación que nos permitimos incluir para contribuir con la reflexión obligada, ante una crisis que afectará a toda Honduras, comprometiendo el destino nacional.

Escribe el colega: “De conformidad al artículo 189 de la Constitución de la República el 25 de enero de 2024, todos los diputados deben comparecer al inicio de la tercera legislatura, ante la cual de conformidad al artículo 208 numeral 10, la ‘Comisión Permanente’ deberá presentar al Plenario el informe de todas las resoluciones tomadas. Es seguro que el pleno; o, al menos 65 diputados improbarán, dejando sin valor y efecto lo actuado; entre otros, la elección interina de las autoridades del Ministerio Público, en el entendido que la ‘Comisión Permanente’ no puede emitir decretos legislativos como tal, sino resoluciones. A ‘contrario sensu’, solamente el Pleno emite decretos legislativos conforme al procedimiento constitucional, así como de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Legislativo”.

“La ‘Comisión Permanente’ ha pretendido validar sus actuaciones publicándolas en el Diario Oficial La Gaceta, lo cual en el futuro servirá de plena prueba para el encausamiento criminal a título de autores, cómplices y encubridores de semejante y arbitraria ilegalidad. Adicionalmente, otra comisión permanente de la oposición legislativa con una membresía de 65 diputados igualmente, ha emitido resoluciones publicadas en diarios de circulación nacional”. “Ante estos hechos, lo que tendríamos en enero de 2024 es la réplica de lo ocurrido en la instalación del Congreso Nacional en enero de 2022. Siendo obligatorio trasladar la crisis legislativa al Ministerio Público, con el agravante que tanto Libre como la oposición legislativa se harán presentes al Congreso Nacional sin consenso ni acuerdo, lo cual sería el argumento de Libre para declarar que no concurre al Congreso por culpa de la oposición lo que, afectará todo el sistema de justicia; incluido, el Poder Judicial y el Ministerio Público. Por tanto, lo que procederá será la disolución del Congreso Nacional, sustituido por una Asamblea Constituyente que promulgue una nueva Constitución de la República”.

“Es probable que Libre convoque a ‘los colectivos’, para que como ocurrió en la clausura de las sesiones ordinarias, se agreda a la oposición, impidiendo el acceso de la misma, incorporando diputados suplentes afines. Si no ocurre la sesión del 25 de enero 2024, se romperá el orden constitucional”. “Para frenar tales excesos el artículo 193 de la Constitución prescribe que, “ni el mismo Congreso, ni otra autoridad del Estado o particulares, podrán impedir la instalación del Congreso, la celebración de reuniones o decretar su disolución. La contravención de este precepto constituye delito contra los poderes del Estado.”

Que harán los fiscales “interinos”?. ¿Y las Fuerzas Armadas? ¿Y el pueblo?

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