Candidata indígena queda fuera de contienda electoral, avalan a Ríos y Torres

La Corte Suprema de Justicia de Guatemala dejó fuera de las elecciones generales a los candidatos a la presidencia y vicepresidencia Thelma Cabrera y Jordán Rodas, del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), al rechazar solicitudes de amparo interpuestas para poder revocar una decisión del Tribunal Supremo Electoral que les impedía su inscripción como contendientes.

Además, la resolución le permite seguir en la contienda a Zury Ríos, de Valor-Unionista, y a la exprimera dama Sandra Torres, de Unidad Nacional de la Esperanza.

Los magistrados resolvieron no entregar un amparo provisional “en virtud de que las circunstancias del caso no lo ameritan y por consiguiente, no concurre ninguno de los supuestos contenidos en el artículo 28 de la Ley de Probidad”, es decir, “peligro de privación de la vida del sujeto activo del amparo, riesgo a su integridad personal, daño grave o irreparable al mismo o notoria ilegalidad”. 

Jordán Rodas dijo, sin embargo, que apelarán de forma directa ante la Corte de Constitucionalidad, que es la última instancia legal a la que pueden recurrir en su intento de participar en las elecciones del 25 de junio.

Thelma Cabrera es una lideresa indígena de ascendencia maya y fue candidata presidencial por el MLP en 2019. El Tribunal Electoral ha rechazado su inscripción porque no cuenta con el finiquito para competir.

Continúan en carrera electoral

Un fallo de la misma Corte Suprema permite que Zury Ríos, hija del exdictador Efraín Ríos Montt continúe en la contienda electoral. El máximo tribunal rechazó un amparo interpuesto por el partido Cabal con el que pretendían anular la participación de la candidata por la coalición Valor-Unionista.

Igual suerte corrió la exprimera dama guatemalteca, Sandra Torres y Romeo Guerra, de la Unidad Nacional de la Esperanza, porque la corte plena denegó un recurso interpuesto por el partido Todos, en el que pedían rechazaran su inscripción electoral porque él es ministro de culto evangélico y eso está prohibido por la Constitución.

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