Gobierno modifica decreto de secreto de Estado en Costa Rica para excluir compras, licitaciones, contratos y presupuestos

Las modificaciones al decreto de secreto de Estado incluyen la confidencialidad solo de información que de ser pública entorpeciera o pusiera en riesgo tareas de seguridad.

Las modificaciones del decreto de secreto de Estado fueron firmadas por la presidenta Fernández.

El gobierno de Costa Rica modificó el decreto 45870-MSP, publicado el 10 de agosto en el Diario Oficial La Gaceta, sobre la declaratoria de “secreto de Estado” para excluir la información sobre las compras, licitaciones, contrataciones y la ejecución presupuestaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) y el grupo denominado Fuerza Élite.

Este lunes apareció una modificación de decreto en el Diario Oficial La Gaceta para reformar los artículos 2 y 3 para dejar fuera del “secreto de Estado” los datos sobre compras, licitaciones, contrataciones y la ejecución presupuestaria de seguridad. La modificación aparece firmada por el ministro de Seguridad, Gerald Campos, y la presidenta Laura Fernández.

Esta señala que la información dejada fuera de secreto se refiere a procesos ordinarios de contratación, ejecución presupuestaria general y fiscalización financiera. El nuevo decreto señala que en la declaratoria de  secreto hay que aplicar “un criterio de necesidad, idoneidad y proporcionalidad”, que se base en un examen de riesgo.

Eso implica que la información podría ser entregada por medio de acceso a la información pública solo si se establece que no hay riesgo inminente y directo para la vida de alguna persona o en los planes de persecución policial de las autoridades en el combate a la criminalidad.

Los cambios también cambian el criterio de confidencialidad. El primer decreto señalaba que las personas que participan en los órganos de seguridad debían cumplir “absoluta confidencialidad y privacidad” en todo lo que conocieran o discutieran sin ningún tipo de excepción, ahora en cambio, se indica que solo se aplicará este criterio cuando la información entorpezca o ponga en riesgo las tareas de seguridad.

Asimismo, las nuevas reglas dictan que las autoridades de seguridad no podrán negar información por “secreto de Estado” a instituciones como la Asamblea Legislativa, el Ministerio Público, el Poder Judicial y Órganos de Fiscalización Superior.

La presidenta Fernández argumentó inicialmente que el decreto buscaba resguardar información sensible sobre seguridad porque desconfía de abogados y periodistas que solicitan mucha información sobre planes policiales porque cree que la entregan a bandas criminales.

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