La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala inhabilitó el cobro de $3,000 mil a las aerolíneas por cada pasajero que incumpliera los requisitos para ingresar al país, la cual estaba vigente desde el 5 de enero de este año.
Dicho cobró quedó sin efecto de manera provisional luego de que la CC amparó a varias aerolíneas que accionaron contra el Acuerdo 57-2023 del Instituto General de Migración, el cual establecía una multa a esas compañías.
“Se decreta la suspensión provisional de los Subnumerales 4.2.12 y 4.2.13 del numeral 4.2 del artículo 3, contenido en el Acuerdo Número IGM-029- 2023 del Director General del Instituto Guatemalteco de Migración, que contiene el Reglamento de Tarifas por Servicios Migratorios del Instituto Guatemalteco de Migración, aprobado por el Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional número 5- 2023, publicado en el Diario Oficial el cinco de enero de dos mil veinticuatro”, dice la resolución que fue publicada en el Diario de Centro América el jueves.
Además, la CC dio audiencia para dentro de 15 días al director general del IGM, representantes del Ministerio de Economía y del Ministerio Público por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal.
Por su parte, el IGM confirmó que la CC les notificó sobre la resolución y que le confirió una audiencia de 15 días para que se presente el alegato correspondiente.
Añadió que la resolución y el planteamiento de las aerolíneas están bajo análisis de la Subdirección Jurídica del IGM, la cual, además prepara la argumentación, por considerar que la acción de inconstitucionalidad planteada es improcedente.
El IGM publicó el 5 de enero de 2024, en el Diario de Centro América, el acuerdo IGM-57-2023, en el que modifica el IGM-029-2023 que contiene el Reglamento de tarifas por servicios migratorios del Instituto Guatemalteco de Migración.
El acuerdo, que tiene fecha 29 de diciembre de 2023, explica que, por el aumento “significativo de la migración irregular, principalmente de personas extrarregionales que utilizan la conexión vía aérea para transitar con destino a otros países de la región”, se hacía necesario implementar medidas para ordenar y tutelar la migración segura y regular en Guatemala.
Fue por lo que hicieron una reforma al acuerdo número IGM-029-2023, que contiene el Reglamento de tarifas por servicios migratorios del IGM.
La Autoridad Migratoria Nacional publicó también el 5 de enero de 2024 el acuerdo ANM 010-2023 en el que aprueba el acuerdo IGM-57-2023 con las modificaciones al Reglamento de tarifas por servicios migratorios del IGM.
Instruye al IGM para que, por medio del Director General, suscriba los convenios interinstitucionales correspondientes y desarrolle las normas internas necesarias que permitan la efectiva aplicación del acuerdo que se aprueba, estableciendo los mecanismos de cobro.