Corte Suprema de Panamá admite demanda de inconstitucionalidad contra el contrato-ley de minería

Un abogado presentó, el pasado 23 de octubre, un recurso en contra de uno de los artículos de la ley que desató las protestas populares.

La Corte Suprema de Justicia de Panamá admitió una demanda en contra del contrato entre el gobierno y una empresa minera, el mismo que ha desatado una serie de protestas populares en los últimos días.

El abogado Ramón Sevillano interpuso la querella el pasado 23 de octubre en contra del artículo No. 1 de la Ley No. 406.

La demanda fue admitida después de verificar que se cumplieran con las formalidades legales exigidas en el artículo No. 2560 del Código Judicial de Panamá.

La Corte, en correspondencia con el artículo No. 2563 del Código Judicial, ha indicado que se correrá traslado al Procurador de la Administración, quien se encuentra en turno para que en un término no mayor de 10 días hábiles comparta su concepto sobre el asunto en cuestión.

Sumado a este caso, también el pasado 23 de octubre fueron presentados 2 recursos de inconstitucionalidad contra la Ley No. 406. Uno fue del abogado Sevilla y el segundo del jurista Ernesto Cedeño.

Los dos casos fueron presentados y recibidos en las oficinas de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.

Estas demandas se presentaron en un contexto convulsivo de orden social, ocasionado por la sanción de dicha ley, que sacó a las calles a la población panameña, quienes el fin de semana pasado han ido incrementándose. Y ya llevan cuatro días sin poder contenerse a pesar que el presidente panameño, indicó que se aplicará el peso de la ley, cuando sea el momento indicado.

El procurador general de la Administración, Rigoberto González, publicó un edicto por 3 días hábiles en un periódico de circulación nacional, con la finalidad que en el término de 10 días hábiles, contados a partir de la última publicación, el demandante y todas las personas interesadas en el caso presenten sus argumentos por escrito a través de un abogado, según un comunicado de la CSJ la mañana de este jueves 26 de octubre.

Luego de vencerse dicho término, el despacho sustanciador realizará la respectiva revisión de los escritos que se hayan presentado para posteriormente emitir la decisión a consideración de los magistrados, quienes conforman el pleno de la CSJ.

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