Una serie de productos de plástico de un solo uso quedó prohibida en Costa Rica desde el 20 de abril de 2024 con la entrada en vigor de la Ley para combatir la contaminación de plástico y proteger el ambiente.
El Ministerio de Salud de Costa Rica explicó que la ley establece la prohibición de la circulación de pajillas adheridas al envase, mientras que las no adheridas saldrán del mercado hasta el 20 de agosto de 2024.
Las bolsas plásticas de un solo uso, en tanto, quedan prohibidas en su comercialización o entrega gratuitas en supermercados y establecimientos comerciales, por lo que se emplearán plásticos reutilizables o telas para el traslado de un bien final.
La prohibición no aplica para productos de carnicería ni verduras debido a los riesgos sanitarios y ambientales, aclaró el Ministerio de Salud. Tampoco se contemplan las pajillas en regímenes especiales de medicación o utilizadas en la salud pública.
La ley permite la distribución de bolsas con al menos un 50 % de material procesado o biodegradables. Para la distribución se debe contar con una certificación de bajo impacto ambiental entregada por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).
El decreto, aprobado en 2019, contempla una disposición para que los importadores, productores, comercializadores y distribuidores de botellas plásticas de un solo uso cumplan a partir de agosto al menos una disposición de un programa de recuperación y gestión de residuos.
“Todos los comercios que vendan productos plásticos de un solo uso deben tener obligatoriamente dentro o fuera de sus establecimientos contenedores o receptores diferenciados para depositar los residuos plásticos revalorizables y no valorizables, para luego darles el correcto tratamiento”, señala la ley.
Las botellas que se distribuyan en el mercado costarricense deben contener un porcentaje de resina reciclada, con excepción de los recipientes utilizados para insumos agropecuarios que suelen contener químicos dañinos para el ser humano.
Si una empresa no acata las disposiciones de la ley, el Ministerio de Salud remitirá la infracción a la municipalidad.

¿Qué prohíbe?
-Se prohíbe la comercialización y entrega gratuita de pajillas plásticas de un solo uso en todo el territorio nacional.
– Se prohíbe la comercialización y entrega gratuita de bolsas de plástico al consumidor final en supermercados y establecimientos comerciales cuya finalidad sea la de acarrear los bienes hasta su destino final.
-Las botellas plásticas que se comercialicen o distribuyan en el mercado nacional deberán contener un porcentaje de resina reciclada según el reglamento aprobado por el Ministerio de Salud.
– Las empresas deben establecer un programa de recuperación, reúso, reciclaje, aprovechamiento energético u otro medio de valorización para los residuos derivados del uso o consumo de sus productos en el territorio nacional.