La Fiscalía General de la República presentó este lunes una acusación penal contra el presidente Rodrigo Chaves Robles y la ministra de Cultura y Juventud, Nayuribe Rodríguez Vives, por el presunto delito de concusión. El caso fue remitido a la Secretaría General de la Corte Plena, en cumplimiento del procedimiento especial de juzgamiento para miembros de los Supremos Poderes.
Concusión es un delito cometido por un funcionario público que abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial.
Según la investigación, ambos jerarcas habrían utilizado su posición para inducir al empresario Christian Bulgarelli a otorgar un beneficio económico indebido por $32,000 al asesor de campaña y amigo del presidente, Jorge Cruz Saravanja, a través de un contrato con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
De acuerdo con el expediente 25-000019-0033-PE, la Fiscalía sostiene que el contrato marco de consultoría fue diseñado para favorecer al coimputado Cruz Saravanja. Antes de su adjudicación, se realizaron reuniones en Casa Presidencial en las que, según el Ministerio Público, Bulgarelli fue instruido para redactar los términos de referencia del contrato en cuestión.
La empresa beneficiaria, RMC La Productora S.A., habría sido seleccionada con base en esos documentos, lo que refuerza la tesis de que existió manipulación del proceso con fines patrimoniales.
Bulgarelli, implicado en el proceso, recibió un criterio de oportunidad de la Fiscalía bajo el artículo 22 del Código Procesal Penal, comprometiéndose a colaborar de forma eficaz con la investigación. Sin embargo, la entidad advirtió que, si su testimonio no resulta suficiente, podría reactivarse la persecución penal en su contra.
Además, Bulgarelli enfrenta un proceso adicional bajo el expediente 25-000043-0033-PE, cuya acción quedará suspendida hasta que exista una sentencia firme en el caso principal.
Un delito con penas de hasta ocho años
El delito de concusión está tipificado en el artículo 355 del Código Procesal Penal y contempla penas de entre dos y ocho años de prisión para funcionarios públicos que, abusando de su cargo, obliguen o induzcan a otros a entregar o prometer un beneficio patrimonial indebido.
El BCIE confirmó en 2024 que abrió una investigación sobre la contratación y vetó al empresario por siete años debido a su participación en la redacción de los términos de referencia del concurso que finalmente le favoreció.