El expresidente panameño y aspirante presidencial para los comicios de 2024, Ricardo Martinelli, sufrió una nueva derrota judicial este lunes luego que el Tribunal Supremo de Panamá desestimara un recurso de amparo interpuesto en contra de la jueza Baloisa Marquinez, por el caso de “New Business” que interpuso un abogado defensor del exmandatario a quien le sigue la justicia por la causa penal de blanqueo de capitales.
Por no advertir “los caracteres de lesividad y trascendencia que justifiquen la admisibilidad de esta acción constitucional”, el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial no admitió un amparo de garantías constitucionales, el cual fue promovido por un abogado defensor de Martinelli en contra de la jueza segunda liquidadora de Causas Penales, Boloísa Marquínez.
El caso New Business es un proceso por presunto blanqueo de capitales (Lavado de dinero) que se le sigue a Martinelli y a 43 personas más por la compra del grupo Editora Panamá América, S.A. (Epasa) en el año 2010, presuntamente con fondos públicos. En la investigación, la fiscalía estableció que para la compra de Epasa fueron transferidos $43 millones a través de un esquema complejo que incluyó transferencias internacionales y nacionales.
Martinelli fue condenado en julio pasado a 128 meses de prisión.
El abogado defensor del expresidente Martinelli, añadió que Marquinez, le ha conculcado su derecho a interrogar las pruebas de cargos y las testimoniales que pretenden incriminarlo, y aseguró que ese era el deber de la letrada, que debía de haber asegurado que se diera la confrontación o interrogatorios con la prueba de cargos.
De ahí que el abogado estima que, “la jueza cercenó el libre y pleno ejercicio del derecho que tiene la defensa a interrogar a los testigos”.
Según el Tribunal para que un acto califique con miras a la admisibilidad de su impugnación en amparo se hace necesario que sea capaz de lesionar, afectar, restringir amenazar o menoscabar un derecho fundamental, lo cual está previsto no solo en la constitución política del país canalero, sino que también, se halla en convenios y tratados internacionales sobre derechos humanos que suscrito este país centroamericano.
Las magistradas ponentes fueron Guimara Aparicio Ortega, Melina Robinson Oro y Lilianne Ducruet, quienes indicaron que bajo este contexto basada en la tutela judicial “está ausente el requisito de lesividad del acto”, esto confirma que la determinación de la jueza Marquinez, no viola ni ha violado el orden constitucional.