Alrededor de 200 migrantes estarán siendo atendidos por el Servicio Nacional de Migración de Panamá, el cual gestionará el Permiso Temporal de Protección en este país canalero, informó María Isabel Saravia, subdirectora de Migración de dicha nación centroamericana.
La funcionaria aseguró que quienes tengan citas establecidas con el SNM, tendrán que hacer el trámite personalmente, acompañados o no de su abogado. Comparte que en este caso no será necesario que los solicitantes tengan que realizar filas desde horas de la madrugada. El aviso lo comparte con la intención de que los beneficiarios no tengan que andar deambulando en los alrededores de la institución.
Asimismo, afirmó que serán atendidos absolutamente todos, al tiempo que pidió paciencia con el trámite.
El gobierno de Panamá estableció un decreto para atender este tipo de acciones, mismo que fue publicado en La Gaceta Diario Oficial del Estado mediante el Decreto Ejecutivo número 112, del 13 de julio de 2023, que crea el Permiso Temporal de Protección.
En el mismo el artículo 1 dice que “se crea el Permiso Temporal de Protección, al que pueden optar todas las personas extranjeras, sin distingo de nacionalidad que, a la entrada en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y hayan permanecido en el país por un periodo no menor de un (1) año, sin haber iniciado proceso migratorio, como un estatus migratorio de protección temporal en la República de Panamá”.
Asimismo, esta disposición estableció los mecanismos y procedimientos para poder solicitar el permiso, al cual solamente pueden optar las personas extranjeras, sin importar la nacionalidad que, a la entrada en vigencia del mismo, se hallen en términos irregulares en el territorio panameño, se suma que los solicitantes deben de haber permanecido en el interior del país al menos un año.
El Decreto establece que “el Permiso Temporal de Protección se otorgará por un periodo único de dos años, no prorrogables, de forma individual por cada solicitante, por lo tanto, no admitirá dependientes, para que las personas beneficiadas puedan residir en el territorio de la República de Panamá, durante ese período, en cumplimiento de las obligaciones tributarias, de seguridad social, sanitarias y legales en general, que demanden su actividad”, artículo 7.
Además, el documento determina que los solicitantes deberán cumplir unos criterios de elegibilidad, para ello, deberán de presentar: Poder y solicitud.Dos fotos tamaño carné. Completar el Pre Registro Único de Extranjero (RUEX) o actualizarlo según cada caso. No tener trámite migratorio vigente ante el Servicio Nacional de Migración. Copia simple del pasaporte, la que deberá ser cotejada con el original al momento de la presentación. Comprobante del domicilio del solicitante. Certificación de Antecedentes Penales que, en caso de solicitantes menores de edad, se exceptuará de la presentación de este requisito. Declaración Notarial Jurada, para acreditar la fecha de ingreso al territorio nacional, en caso que aplique. Constancia de trámite de permiso de trabajo realizada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. En caso que la persona extranjera solicitante sea menor de edad el poder deberá ser otorgado por uno de sus padres o su tutor legal, acompañado del documento que compruebe el parentesco.
No confundir el Permiso Temporal de Protección con el Crisol de Razas
En este sentido, la funcionaria aseguró que el permiso por ningún motivo debe de confundirse con el programa Crisol de Razas, el cual es impulsado desde el año 2010, y está dirigido a los migrantes radicados en el país canalero que se encuentran en situación irregular, con la finalidad que inicien su proceso migratorio de legalización, el cual se debe de realizar bajo las normas legales establecidas para tal finalidad. De ahí que Saravia, expliqué que la disposición se presenta como “una invitación para que las personas se quedarán un año irregularmente. Se convirtió en una categoría informal y no en una solución para los que ya se encontraban irregulares”.
“Esto es para las personas que ya se encontraban trabajando de manera irregular, que tenemos que visibilizar, porque ya estaban en el mercado nacional. (La disposición legal) es una oportunidad para que tengan una alternativa migratoria o puedan salir del país, según cada caso”, indicó.
Esa disposición institucional del Estado de Panamá se realizó bajo la administración del expresidente Ricardo Martinelli. Llegó luego que en el país canalero se realizaron 15 ferias en las que por el permiso migratorio se cobraban $767, $1,272 y $2,602, los costos variaban según la nacionalidad. A este costo, los extranjeros que acudían a tal iniciativa, debían de pagar $500 por el permiso laboral, aunque estos no estaban en la obligación de tener que adquirirlo.