Honduras abre la puerta a usar $44,6 millones incautados para combatir el crimen

El Congreso aprobó una reforma que permitirá distribuir hasta el 100 % de los fondos líquidos bajo custodia estatal, incluso antes de una sentencia judicial definitiva.

Los bienes serían utilizados por las autoridades de seguridad.

El Congreso Nacional de Honduras aprobó una reforma al artículo 78 de la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, que permitirá financiar anticipadamente a instituciones encargadas de combatir la delincuencia y fortalecer el sistema de justicia.

La Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) mantiene aproximadamente 1,200 millones de lempiras ($44,6 millones) depositados en el sistema bancario, según informó su director, Jorge Alberto Cálix. Estos recursos podrían canalizarse hacia organismos estatales bajo las condiciones establecidas en la nueva legislación.

El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad tendrá la facultad de autorizar la distribución de los recursos, siempre mediante una decisión debidamente justificada. El mecanismo comprende efectivo, depósitos bancarios, títulos valores y otros activos líquidos legalmente incautados.

La distribución establece un 25 % para la Secretaría de Defensa y otro 25 % para la Secretaría de Seguridad. El Ministerio Público y el Poder Judicial recibirán un 15 % cada uno, mientras que la OABI obtendrá el 10 %. El porcentaje restante se dividirá entre la Dirección Nacional de Inteligencia e Investigación y la Agencia Nacional contra el Crimen, con un 5 % para cada entidad.

Defensa y Seguridad se dividirían los recursos, según la iniciativa.

El presidente del Congreso, Tomás Zambrano, explicó que algunos procesos judiciales relacionados con bienes incautados pueden prolongarse entre 10 y 15 años. Según el legislador, la reforma busca evitar que esos recursos permanezcan inmovilizados mientras la Policía Nacional, la Policía Militar y otras instituciones requieren financiamiento para sus operaciones.

Sin embargo, la utilización anticipada del dinero no implica que el Estado adquiera su propiedad definitiva. Si una resolución judicial favorece a la persona o empresa afectada, la Secretaría de Finanzas deberá garantizar la devolución de los recursos, incluidos los intereses y demás montos que correspondan legalmente.

La legislación también contempla garantías para víctimas y terceros de buena fe, así como mecanismos de transparencia y fiscalización. El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad tendrá 60 días hábiles, contados desde la entrada en vigor del decreto, para aprobar el reglamento que definirá los procedimientos de asignación, control y eventual restitución del dinero.

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