La Sala Primera de Apelaciones de Mayor Riesgo absolvió a Ronald Arango, Aracely Chavarría y Humberto Leonel Sosa del delito de tráfico de influencias. Los magistrados consideraron que existió una aplicación errónea de la ley en la sentencia inicial.
Según la resolución, gestionar contrataciones, mantener comunicaciones o enviar currículos no demuestra, por sí solo, una influencia indebida sobre funcionarios. La Sala cuestionó que esas actuaciones acreditaran el uso de vínculos personales o posiciones de poder para obtener beneficios ilegales.
Las penas habían sido dictadas el 3 de agosto: Chavarría recibió 7 años y 11 meses de prisión; Arango, seis años y cuatro meses; y Sosa, tres años y nueve meses conmutables. La suma de las tres condenas alcanzaba exactamente los 18 años.

El caso fue presentado en julio de 2019 por la Fiscalía Especial contra la Impunidad y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), creada con apoyo de Naciones Unidas. Las pesquisas examinaron hechos ocurridos entre 2012 y 2014, durante la gestión del ministro Jorge Villavicencio.
La investigación general identificó al menos 450 plazas presuntamente utilizadas para pagar favores políticos, exigir cuotas o cobrar salarios sin trabajar. Según la CICIG, colocar personas afines en puestos de dirección y recursos humanos facilitaba nuevas contrataciones dentro de hospitales y dependencias sanitarias.
El expediente también abarcó supuestas comisiones ilegales por construir y reparar hospitales, así como por adquirir bienes y servicios. Estas líneas integraban una investigación más amplia; la absolución anunciada corresponde al delito juzgado contra los tres exlegisladores.







