El Congreso de Guatemala aprobó la Ley Marco de Ciberseguridad, Decreto 26-2026, que establece ocho delitos informáticos y penas de prisión para quienes cometan ataques contra sistemas tecnológicos, roben información, suplanten identidades o realicen fraudes digitales. La normativa, avalada por la X Legislatura, también crea una estructura especializada para prevenir, investigar y responder a las amenazas cibernéticas.
La aprobación ocurre después de incidentes que evidenciaron la vulnerabilidad de instituciones guatemaltecas, entre ellos el robo de información en la Dirección General de Control de Armas y Municiones y un ataque con programas de secuestro de datos, conocido como ransomware, que paralizó temporalmente los sistemas de la Corte de Constitucionalidad. Ambos episodios mostraron cómo los ataques digitales pueden comprometer información confidencial y afectar el funcionamiento de entidades públicas.
La diputada oficialista Victoria Palala destacó que la legislación proporcionará nuevas herramientas a las autoridades para investigar los delitos tecnológicos y fortalecer la protección de los ciudadanos.
“Nos permite darle herramientas al sistema de justicia para indagar y sancionar los delitos ocurridos en el ciberespacio”, afirmó la legisladora, quien consideró que la normativa representa un avance en la respuesta del Estado frente a estas amenazas.
Delitos a perseguir
Entre los delitos incorporados se encuentra el acceso ilícito a sistemas informáticos, castigado con penas de cuatro a ocho años de prisión, que aumentan de ocho a diez años cuando el responsable sea un empleado o funcionario público, o cuando busque obtener información para cometer otro delito. La interceptación ilegal de datos tendrá sanciones de cinco a ocho años, mientras que los ataques contra la integridad de la información digital serán castigados con cinco a siete años de cárcel.
La legislación también establece penas de cinco a ocho años por obstaculizar deliberadamente el funcionamiento de sistemas informáticos y de dos a seis años por falsificar registros digitales. La apropiación de identidad ajena será sancionada con dos a cuatro años de prisión, que podrán aumentar de tres a seis años cuando se vulneren medidas de seguridad. Por su parte, el fraude informático tendrá penas de cuatro a ocho años y el abuso de dispositivos tecnológicos, de tres a seis años. Esta última disposición excluye las actividades legítimas de protección de sistemas que no tengan como finalidad cometer delitos.
Agravantes y protección de instituciones
El decreto contempla agravantes que permiten incrementar las penas en una tercera parte cuando los responsables hayan trabajado para la entidad afectada, comprometan información confidencial o de seguridad nacional, o busquen obtener beneficios económicos o de otra naturaleza. Además, los funcionarios públicos que cometan estos delitos contra instituciones donde trabajan o trabajaron enfrentarán una inhabilitación de siete años para ejercer cargos públicos, adicional a la sanción penal correspondiente.
La normativa también crea el Consejo Nacional de Ciberseguridad (Conciber), como parte de la nueva institucionalidad destinada a enfrentar los riesgos digitales. Palala destacó la importancia de fortalecer la cooperación internacional para responder a ataques que pueden originarse fuera de Guatemala.
“Es un tema de delitos transnacionales y lo que nos va a permitir es intercambiar información, generar convenios y tener protección conjunta para estos ataques que traspasan nuestras fronteras”, señaló.
