CIDH dicta medidas cautelares a favor de indígenas privados de libertad en Nicaragua

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mediante una resolución otorgó medidas cautelares a favor personas del pueblo indígena Mayangna, ubicadas en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte (RACCN), privadas de su libertad, tras estimar que estos se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daños irreparables de sus derechos en Nicaragua. 

Las medidas dictadas por la CIDH se enmarcan en la condena establecida en contra de 4 líderes indígenas señalados de haber sido los autores intelectuales en los hechos relacionados a la masacre de Kiwakumbaih, ubicada en la Reserva Biosfera de Bosawas en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte, y que cumplen sus condenas en el Centro Penitenciario Jorge Navarro en Tipitapa, Managua. 

En razón de ello, la CIDH considera que el asunto reúne prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su Reglamento. 

Por ello solicitan al Estado de Nicaragua que: 

a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de los beneficiarios, considerando su condición de personas pertenecientes a un pueblo indígena; 

b) adopte las medidas necesarias para asegurar que las condiciones de detención de los beneficiarios sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia, entre ellos: i. se garantice que no sea objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos y agresiones dentro del centro penitenciario; ii. se garantice acceso a atención médica adecuada y especializada, y se realice inmediatamente una valoración médica especializada sobre su situación de salud; y iii. se otorgue los tratamientos y medicamentos necesarios para tratar sus padecimientos; 

c) concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y 

d) informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición. 

Los condenados de forma irregular fueron los líderes indígenas Robins Argüello Celso Lino, quien es un maestro de la escuela de Suniwás y juez comunal de la comunidad; por su parte Ignacio Celso Lino, era el sindico comunal que habría luchado por la defensa de las tierras indígenas. Mientras que Bruno Arncangel y Robins Zacarías habrían sido miembros activos de la iglesia Morava, en la comunidad de Kibusna y en la comunidad de Saubí.

“La CIDH observó que estos beneficiarios estarían sin recibir atención médica adecuada y oportuna, pese a padecer problemas de salud y ser objetos de constantes amenazas por parte de los custodios y de otras personas privadas de libertad. Las alegaciones indican que incluso fueron víctimas de agresiones físicas y sexuales. Al respecto, se solicitó información al Estado en los términos del artículo 25 de su Reglamento, quien no respondió”.

El informe señala que, para los procesos judiciales, no se siguieron los patrones legales y estos fueron privados de su libertad en diferentes fechas en el año 2021, y sin presentar órdenes de detención. Y como parte de las medidas que toma la dictadura, los familiares no tenían conocimiento del paradero de los afectados y fue a través del teléfono de otro reo que lograron saber su situación.

Además, los condenados sufren de diferentes enfermedades y no se tratan de la forma correcta. Tampoco tendrían acceso a atención médica. “La información disponible también indica que los propuestos beneficiarios estarían recluidos en celdas de máxima seguridad, en total oscuridad y esposados las 24 horas del día. Además, según fue informada la Comisión, estarían en condiciones de insalubridad pues el agua al que tendrían acceso sería agua sucia. Los propuestos beneficiarios se encontrarían extremadamente delgados, pues no tendrían acceso a alimentación adecuada y pálidos pues no tendrían exposición a la luz solar”.

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