CIDH otorga medidas cautelares para proteger la vida de Arévalo y Herrera

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos demanda al estado guatemalteco proteger al presidente electo y la vicepresidenta electa.

Bernardo Arévalo y Karin Herrera, binomio electo para gobernar Guatemala para el periodo 2024-2028.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anunció este jueves que otorga medidas cautelares a favor del presidente electo de Guatemala, Bernardo Arévalo y su compañera de fórmula, Karin Herrera, tras la persecución fiscal a la que han sido sometidos.

La resolución advierte que  el binomio presidencial del Movimiento Semilla, Cesar Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar han sido objeto de estigmatización, hostigamientos, acoso, exposición pública de su información personal por medio de plataformas virtuales, así como amenazas que incluye la existencia de dos planes para atentar en contra de sus vidas e integridad, uno incluso notificado por fiscales.

La decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos busca proteger los derechos a la vida e integridad personal del binomio presidencial, recién electo por el movimiento Semilla, partido al que la fiscalía guatemalteca ha estado persiguiendo y este jueves pidió su anulación..

La CIDH demanda al Estado de Guatemala la aplicación de “las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de César Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar a la luz de las valoraciones de la presente resolución”.

“El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables”, subraya la CIDH.

Además, pide un informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

“La Comisión solicita al Estado de Guatemala que informe, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, sobre la adopción de las medidas cautelares requeridas y actualizar dicha información en forma periódica”, señala la resolución.

 

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